Auto Supremo AS/0437/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0437/2005

Fecha: 10-Nov-2005

CONSIDERANDO: que el tribunal ad quem, previa valoración de la exposición de motivos de las


CONSIDERANDO: que el tribunal ad quem, previa valoración de la exposición de motivos de las apelaciones, posee la facultad de pronunciar fallos que mantengan la sentencia apelada cuando encuentra que la sentencia contiene una valoración conjunta, armónica y correcta de la prueba presentada en el juicio oral, público y contradictorio, cual ha resuelto el ad quem precisando las modalidades de tráfico de sustancias controladas en que han incurrido las conductas de los procesados, ahora recurrentes, con la modificación a la resolución de primer grado de declarar absuelta a Juana Francisca Estrada Arias, absolución que se ajusta a derecho y a los datos del proceso. De lo expuesto se llega a establecer que el Auto de Vista impugnado al mantener la sentencia de primera instancia que condena a los recurrentes por el delito de tráfico de sustancias controladas en las modalidades de posesión dolosa, transporte y transacción cuando, como se ha manifestado, han concurrido en la actitud de éstos todos los elementos constitutivos del tipo penal descrito por el artículo 48 con relación al inciso m) del artículo 33, ambos de la Ley Nº 1008, ha resuelto las cuestiones planteadas en los recursos de apelación restringida interpuestos por los procesados observando el artículo 398 del Código de Procedimiento Penal