Auto Supremo AS/0437/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0437/2005

Fecha: 10-Nov-2005

POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con las consideraciones


POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con las consideraciones precedentes y en ejercicio de la atribución primera del artículo 59 de la Ley de Organización Judicial, de conformidad al segundo párrafo del artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADOS los recursos interpuestos por los procesados Heriberto Apio Huarachi e Iver Wildo Mamani Colque, sin costas por ser excusable