- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Sentencia Penal Nº 1 de la ciudad capital de Oruro,
- Que contra la resolución del a quo los procesados interpusieron apelaciones restringidas en los términos
- CONSIDERANDO: que la resolución impugnada se sustenta en la siguiente fundamentación respecto a cada uno
- CONSIDERANDO: que la impugnación del Auto de Vista Nº 29/2004 se sustenta en los siguientes
- a) Recurso de casación de Heriberto Apio Huarachi
- Que en cuanto a la defectuosa valoración probatoria que acusa el recurso, ha de considerarse
- Que de la revisión de los precedentes invocados se tiene que los Autos Supremos Nº
- b) Recurso de casación de Iver Wildo Mamani Colque
- Que del examen del registro del juicio oral se establece que durante la etapa investigativa
- CONSIDERANDO: que el tribunal ad quem, previa valoración de la exposición de motivos de las
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con las consideraciones
- Para fines del artículo 420 del Código Adjetivo Penal, remítase copia del presente Auto Supremo
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, diez de noviembre de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
