CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por Wilfredo Callejas Valencia ( fs
CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por Wilfredo Callejas Valencia ( fs.402 y vlta,) sostiene que el Auto de Vista recurrido adolece de infracción directa de normas sustantivas, acusando la aplicación de los Arts. 83 al 90, 102,108,109 y 112 de la Ley 1008, lo que según su punto de vista, constituiría violación al derecho de defensa y la organización de tribunales de excepción , constituyendo ello quebrantamiento de las normas de la Constitución Política del Estado. Considera que el Tribunal de apelación incurrió en aplicación indebida de leyes sustantivas en lo relativo a la aplicación de los Art. 5,6,7 y 25 del Código Sustantivo Penal y que éstos " casan perfectamente con los principios del derecho penal" Acusa también interpretación errónea de leyes sustantivas en lo atinente a la pena de quince años impuesta al procesado, que a decir del recurrente estaría reñida con los principios de la Constitución Política del Estado. Arguye finalmente que tal pena no sólo constituye infracción a la ley sustantiva, sino "un atentado contra los derechos mundiales", Sin mencionar que pretende con el recurso en cuestión
- VISTOS: el recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO: que en fecha 11 de enero de 2000 efectivos de la F
- Que practicadas las Diligencias de Policía Judicial y con el informe en conclusiones de fs
- Contra dicho fallo Wilfredo Callejas Valencia formuló recurso de apelación en fecha 5 de marzo
- CONSIDERANDO: que al amparo de la Sentencia Constitucional N°101/2004 de 14 de septiembre de 2004,
- Que de la revisión del cuaderno procesal se infiere que el caso sub-lite si bien
- Que en autos evidenciadas las diferentes versiones sostenidas por el recurrente denotan su deseo de
- Por ello, en apego a la línea rectora de la Sentencia Constitucional 101/2004 de 14
- En consecuencia, habiéndose advertido de los datos procesales, que el procesado no contribuyó en la
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por Wilfredo Callejas Valencia ( fs
- CONSIDERANDO: que del estudio del recurso de casación se arriba al convencimiento que el mismo
- El recurso de casación es una carga para el recurrente quien está obligado a motivar
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con
- RELATORA: Ministra Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, treinta de agosto de dos mil cinco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
