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    Auto Supremo AS/0330/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0330/2005

    Fecha: 30-Ago-2005

    Regístrese, hágase saber y devuélvase


    Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • VISTOS: el recurso de casación de fs
    • CONSIDERANDO: que en fecha 11 de enero de 2000 efectivos de la F
    • Que practicadas las Diligencias de Policía Judicial y con el informe en conclusiones de fs
    • Contra dicho fallo Wilfredo Callejas Valencia formuló recurso de apelación en fecha 5 de marzo
    • CONSIDERANDO: que al amparo de la Sentencia Constitucional N°101/2004 de 14 de septiembre de 2004,
    • Que de la revisión del cuaderno procesal se infiere que el caso sub-lite si bien
    • Que en autos evidenciadas las diferentes versiones sostenidas por el recurrente denotan su deseo de
    • Por ello, en apego a la línea rectora de la Sentencia Constitucional 101/2004 de 14
    • En consecuencia, habiéndose advertido de los datos procesales, que el procesado no contribuyó en la
    • CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por Wilfredo Callejas Valencia ( fs
    • CONSIDERANDO: que del estudio del recurso de casación se arriba al convencimiento que el mismo
    • El recurso de casación es una carga para el recurrente quien está obligado a motivar
    • POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con
    • RELATORA: Ministra Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • Sucre, treinta de agosto de dos mil cinco
    • Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.

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