Auto Supremo AS/0330/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0330/2005

Fecha: 30-Ago-2005

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia de acuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 415-417 dispone NO HABER LUGAR A LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL del caso de autos y en desacuerdo con el requerimiento fiscal de fs. 407- 408 en cumplimiento del Art. 307-1 del Código de Procedimiento Penal declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 402- y vuelta con costas