En efecto, de la revisión minuciosa de los antecedentes procesales, se advierte que los padres
En efecto, de la revisión minuciosa de los antecedentes procesales, se advierte que los padres de la menor Paola Vania Caballero Rojas, al momento de interponer el recurso de apelación de fs. 415-422 vta., ofrecieron tanto prueba testifical como prueba documental que debía ser considerada por el Tribunal de alzada antes de resolver la impugnación planteada; empero, dicha solicitud no fue considerada por el Tribunal ad quem al momento de resolver la referida impugnación, habiendo concluido erradamente que ninguna de las partes recurrentes ofreció prueba después de haberse radicado el proceso en estrados judiciales, obviando el ofrecimiento formulado en el memorial de apelación anteriormente señalado, lo que implica el incumplimiento del art. 284 del Código Niño, Niña y Adolescente y amerita la nulidad de obrados por inobservancia de normas procesales que al ser de orden público son de cumplimiento obligatorio
- VISTOS: Los recursos de casación de fs
- En apelación formulada por los padres de Paola Vania Caballero Rojas y Romelia Agreda Bustamante,
- Notificados con la resolución de grado, Raúl Ronald Caballero y Geisy Rojas Rocha en representación
- Por otro lado, señalan que en apelación ofreció como testigos a Edna Rivas Párraga y
- A fs
- CONSIDERANDO: Es criterio del suscrito Ministro Relator, plasmado en su primer proyecto, que el procedimiento
- Por ello, ha incorporado un procedimiento especial y único para éstos casos, que se compatibiliza
- No cabe duda, que la norma del art
- Sin embargo, la legislación actual, que es parte de la novísima legislación penal juvenil, incluye
- En todas las legislaciones del mundo actual, se ha incorporado, siguiendo las nuevas corrientes del
- A guisa de mayor abundamiento, es conveniente puntualizar, que la nulidad planteada en el primer
- Por ello, y en el final se resalta que si se respetaba el trámite en
- 1) El presente es un proceso sobre infracción por asesinato, cuya competencia corresponde al Juez
- 2) En cuanto al procedimiento sobre la impugnación de dichos fallos, deben aplicarse las normas
- CONSIDERANDO: No obstante lo expuesto, habiéndose dado curso a la aplicación del art
- CONSIDERANDO: De acuerdo a lo establecido por el art
- En efecto, de la revisión minuciosa de los antecedentes procesales, se advierte que los padres
- En consecuencia, siendo evidente la existencia de errores in procedendo en la tramitación del proceso,
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 14 de Julio de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
