Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0124/2006
Fecha: 14-Jul-2006
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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VISTOS: Los recursos de casación de fs
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En apelación formulada por los padres de Paola Vania Caballero Rojas y Romelia Agreda Bustamante,
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Notificados con la resolución de grado, Raúl Ronald Caballero y Geisy Rojas Rocha en representación
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Por otro lado, señalan que en apelación ofreció como testigos a Edna Rivas Párraga y
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A fs
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CONSIDERANDO: Es criterio del suscrito Ministro Relator, plasmado en su primer proyecto, que el procedimiento
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Por ello, ha incorporado un procedimiento especial y único para éstos casos, que se compatibiliza
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No cabe duda, que la norma del art
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Sin embargo, la legislación actual, que es parte de la novísima legislación penal juvenil, incluye
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En todas las legislaciones del mundo actual, se ha incorporado, siguiendo las nuevas corrientes del
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A guisa de mayor abundamiento, es conveniente puntualizar, que la nulidad planteada en el primer
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Por ello, y en el final se resalta que si se respetaba el trámite en
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1) El presente es un proceso sobre infracción por asesinato, cuya competencia corresponde al Juez
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2) En cuanto al procedimiento sobre la impugnación de dichos fallos, deben aplicarse las normas
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CONSIDERANDO: No obstante lo expuesto, habiéndose dado curso a la aplicación del art
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CONSIDERANDO: De acuerdo a lo establecido por el art
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En efecto, de la revisión minuciosa de los antecedentes procesales, se advierte que los padres
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En consecuencia, siendo evidente la existencia de errores in procedendo en la tramitación del proceso,
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POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
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MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
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Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
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Proveído : Sucre, 14 de Julio de 2006
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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