Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0833/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0833/2006

    Fecha: 25-Sep-2006

    Error al cargar el documento

    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
    • MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
    • CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social de reincorporación más derechos colaterales, la Jueza Quinto
    • Apelada la sentencia por la C
    • CONSIDERANDO II: Que, ingresando al análisis de los fundamentos del recurso, de los antecedentes procesales
    • Sin embargo, es necesario resaltar que, conforme dispone el art
    • Por otro lado, corresponde citar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Bolivia con relación a
    • Respecto a la inamovilidad de la mujer en período de gestación, este Tribunal Supremo a
    • A lo anterior, imperiosamente debe agregarse que la inamovilidad de la trabajadora, en período de
    • Finalmente, conforme se desprende de las copias de contratos de trabajo de fs
    • CONSIDERANDO III: Que, ingresando a la contrastación de las puntualizaciones precedentemente expuestas, se llega a
    • Debe agregarse, en este acápite, que la suscripción de contratos a plazo fijo con intervalos
    • Por otro lado, en vigencia de la relación de trabajo, en fecha 31 de julio
    • Empero, por el tiempo transcurrido desde el nacimiento del hijo de la demandante ocurrido en
    • Asimismo, corresponde reconocer el pago de los subsidios prenatal, de natalidad y de lactancia, de
    • Finalmente, conforme se ha establecido en los incs
    • Por lo expuesto, encontrándose como evidentes las infracciones acusadas en el recurso de casación analizado,
    • Subsidios
    • Para resolución, según convocatoria cursante a fs
    • Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado: Dr. Juan José González Osio
    • Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
    • Dr. Julio Ortiz Linares
    • Ma. del Rosario Vilar G
    • Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca