Auto Supremo AS/0833/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0833/2006

Fecha: 25-Sep-2006

Debe agregarse, en este acápite, que la suscripción de contratos a plazo fijo con intervalos


Debe agregarse, en este acápite, que la suscripción de contratos a plazo fijo con intervalos de tiempo más o menos regulares, se ha convertido en una práctica anómala tendiente a burlar los derechos de los trabajadores que surgen de las relaciones laborales, práctica que no puede ser consentida, en resguardo del principio de proteccionismo de los derechos de los trabajadores y en aplicación del principio de primacía de la realidad