Auto Supremo AS/0606/2007
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0606/2007

Fecha: 19-Nov-2007

CONSIDERANDO: Que el imputado Giovanni Pallaoro Cardona, por memorial de 23 de octubre de 2007,


PARTES: Gladys Amira Tobia Nemtala c/ Giovanni Pallaoro Cardona.

Cheque en descubierto (No haber lugar a la extinción de la

acción penal)

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Sucre, 19 de noviembre de 2007

VISTOS: La solicitud de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso del imputado Giovanni Pallaoro Cardona, cursante de fojas 563 a 564 y vuelta, dentro del proceso penal seguido en su contra por Gladys Amira Tobia Nemtala, por la presunta comisión del delito de cheque en descubierto incurso en el artículo 204 del Código Penal, los antecedentes del proceso, y;

CONSIDERANDO: Que el imputado Giovanni Pallaoro Cardona, por memorial de 23 de octubre de 2007, solicita se declare la extinción de la acción penal, con los argumentos que a continuación se detallan:

1.- El 8 de enero de 2004, se presentó la denuncia en su contra y el 20 del mismo mes y año, se formalizó querella y acusación particular; celebrándose la audiencia de conciliación el 9 de febrero de 2004, donde no prosperó ningún acuerdo; en cuyo mérito, se le notificó para la presentación de pruebas de descargo, pronunciándose el auto de apertura de juicio el 13 de mayo de 2004, después de transcurridos tres meses desde la audiencia de conciliación, lo que implica que esta actuación fue señalada con demora; además, que en la diligencia de notificación no se observó lo previsto por el art. 160 del Código de Procedimiento Penal