Auto Supremo AS/0397/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0397/2008

Fecha: 31-Oct-2008

1.- Sobre el recurso de casación en el fondo


CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, analizando de forma exhaustiva si lo recurrido es evidente o no, se concluye lo siguiente:

1.- Sobre el recurso de casación en el fondo:

a) En virtud a la naturaleza jurídica del recurso de casación en el fondo, que está instituido para la corrección de los errores "in judicando", corresponde señalar que las denuncias relacionadas con la existencia de errores "in procedendo", como es la vulneración del art. 236 del Adjetivo Civil, no pueden ser analizadas a través de él, puesto que esta acción extraordinaria ha sido instituida con la finalidad de casar la resolución impugnada - auto de vista - cuando contuviere violación, interpretación errónea, aplicación indebida de la ley, disposiciones contradictorias (contradicción interna) y, cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en errores de derecho o errores de hecho, así lo establece la normativa prevista en el art. 253 del Código de Procedimiento Civil