Auto Supremo AS/0417/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2008

Fecha: 17-Nov-2008

Consecuentemente, al no existir especificidad en lo regulado respecto al pago de patentes por torres,


Consecuentemente, al no existir especificidad en lo regulado respecto al pago de patentes por torres, antenas, cableado de fibra óptica y otros, no puede el Gobierno Municipal fundamentar un pago cuyo hecho generador es inexistente, de lo que se infiere que la Resolución Determinativa Nº 017/2002 no ha tomado en cuenta lo expresamente ordenado por la disposición municipal; al contrario, la entidad actora demuestra a fs. 164, que en la Ordenanza Municipal del Santa Cruz de la Sierra, jurisdicción distinta a la del caso de autos, sí existe específicamente el pago de una patente de funcionamiento por la colocación de torres y antenas, art. 42 de la Ordenanza Municipal Nº 155/2002, situación que no tiene la Ordenanza Municipal de La Paz signada con el Nº 172/98, base del presente recurso