Auto Supremo AS/0417/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2008

Fecha: 17-Nov-2008

Denuncia que existe también la interpretación errónea del art


Denuncia que existe también la interpretación errónea del art. 20, inc. 1) del Código de Comercio, art. 33 de la Ley Nº 1340 del Código Tributario, Art. 15 de la Ordenanza Municipal Nº 172/98, porque el tribunal de apelación de una manera sesgada, consideró que las instalaciones operativas destinadas a cumplir una función meramente técnica y operativa, deberían ser consideradas como sucursales