Auto Supremo AS/0417/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0417/2008

Fecha: 17-Nov-2008

el fondo, se sustentan en la presunta aplicación indebida del art


CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso y revisando minuciosamente el expediente, se establece lo siguiente:

Se evidencia que los fundamentos del recurso de casación en

el fondo, se sustentan en la presunta aplicación indebida del art. 96, inc. 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades y 15 de la Ordenanza Municipal Nº 172/98, así como también acusa de error de hecho y de derecho en la apreciación de la prueba aportada. Respecto de esta última acusación se debe tener presente que el error es: "El conocimiento falso de un hecho o de una norma jurídica"; el error de hecho se da cuando la apreciación falsa recae sobre un hecho material, es decir el juzgador considera que no hay prueba suficiente de un hecho determinado, siendo así que existe y que la equivocación está probada por un documento auténtico y, el error de derecho, recae sobre la existencia o interpretación de una norma jurídica, dicho de otra manera, el juzgador le asigna un valor distinto al verdadero respecto a una ley o a cierta prueba