Auto Supremo AS/0621/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0621/2008

Fecha: 12-Dic-2008

Posteriormente, luego de la adecuación del contrato de la empresa con otro de Riesgo Compartido,


Posteriormente, luego de la adecuación del contrato de la empresa con otro de Riesgo Compartido, la producción de hidrocarburos era de su propiedad, por lo que empezó a facturar oportunamente por todo el petróleo y gas que producido, imputando a su favor el crédito no reintegrado que tenía acumulado a su favor, bajo la modalidad del régimen anterior, de contrato de operación, haciendo que el IVA no sea debidamente cancelado, gracias a un crédito fiscal indebido y que correspondía a otro tipo de actividad