Auto Supremo AS/0154/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0154/2008

Fecha: 25-Mar-2008

En cuanto a la violación del art


En cuanto a la violación del art. 290 del Código de Procedimiento Penal anterior, que regula sobre las formas de resolución de la sentencia de segundo grado, corresponde señalar que el fallo emitido por el tribunal de apelación se circunscribe en las exigencias contenidas en dicha norma porque confirmó la sentencia apelada, constituyendo ésta una de las formas de resolución previstas en dicho precepto. Además, es menester señalar que el recurrente no precisó en qué consiste la violación de dicho artículo incumpliendo con la exigencia contenida en el art. 301 del procedimiento citado y que exige dentro del contenido del recurso de nulidad o casación, la especificación de los motivos, con cita en la ley o leyes procesales cuya inobservancia se impugne, o de las leyes sustantivas o de fondo cuya violación se acuse por uno u otro motivo, indicando igualmente en qué consiste el quebrantamiento de las primeras y la violación de las segundas