Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0158/2008
Fecha: 30-Jul-2008
Patricia Parada Loras
Patricia Parada Loras
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DISTRITO: Santa Cruz PROCESO: Ordinario- Reivindicación
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CONSIDERANDO I: Que dentro de la presente causa de reivindicación la Juez Sexto de Partido
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Sentencia de grado que fue revocada mediante auto de vista Nº 213 de 6 de
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Contra la mencionada resolución de vista, los apoderados de Abigail Quiroga Vda
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CONSIDERANDO II:Que, en ejercicio de la facultad conferida por el art
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Que asimismo el art
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Que el principio de veridicidad que recoge el imperativo de las disposiciones procedimentales antes citadas,
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Que, en la especie, tanto en la sentencia como en el auto de vista recurrido
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Que, el Tribunal de alzada, a su vez revoca la resolución del Juez a quo,
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Que dicha contradicción nos induce a preguntar ¿cómo se puede otorgar -por usucapión- la propiedad
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Que, en dicho marco, los jueces de grado, para fallar en consecuencia cumpliendo con los
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Que, en suma de los antecedentes expuestos se evidencia que el Tribunal de alzada, no
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POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
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No siendo excusable la omisión observada, se impone la multa de Bs
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Para resolución interviene el Dr
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No interviene la Ministra Emilse Ardaya Gutiérrez, por haber formulado excusa a fs
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Regístrese, notifíquese y devuélvase
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Firmado : Dra. Rosario Canedo Justiniano
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Dr. Hugo R. Suárez Calbimonte
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Proveído : Sucre, 30 de julio de 2008
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Patricia Parada Loras
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Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
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