Auto Supremo AS/0389/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2008

Fecha: 05-Sep-2008

Concluye alegando que el objeto del Impuesto a las Transacciones es gravar cualquier actividad, entre


Concluye alegando que el objeto del Impuesto a las Transacciones es gravar cualquier actividad, entre ellas las comerciales, por lo que debe analizarse el objeto del mismo y no el producto, porque el impuesto no recae en producto alguno; pidiendo la concesión del recurso y su remisión a este Tribunal, del que solicita dicte Auto Supremo anulando el de Vista recurrido y, en su caso., case el mismo dejando sin efecto la Resolución Determinativa No. 20/2002 GRACO, con costas y responsabilidad para Tribunal Ad quem, conforme con los arts. 253 y 274 del Código de Procedimiento Civil