Auto Supremo AS/0389/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0389/2008

Fecha: 05-Sep-2008

En el fondo, el recurso se ocupa fundamentalmente de la nulidad de la diligencia de


En el fondo, el recurso se ocupa fundamentalmente de la nulidad de la diligencia de notificación con la aludida Resolución Determinativa, por incumplimiento de la previsión del art. 159 con relación al 162, ambos del Código Tributario, al no haberse cumplido tal diligencia en horario hábil de la Administración y personalmente al personero de la empresa, sino mediante cédula. En este análisis se tiene:

Si bien estos errores procesales acusados que están referidos a la conducta del juzgador in procedendo y no en el fondo, in judicando, no se encuadran estrictamente a la norma legal en ese cumplimiento procesal, sin embargo el mismo carece de relevancia en casación, si el contribuyente dándose por notificado, formalizó la presente acción contenciosa tributaria en el plazo de ley, en el marco normativo de los arts. 227 y 288 del Código Tributario, Ley No. 1340, con relación al art. 33 de la Ley de Organización Judicial, convalidando en los hechos ese procedimiento al no asumir, por otra parte, acción legal alguna al respecto en tiempo oportuno. Extremo sobre el que se han pronunciado los de instancia con criterio legal, en el análisis de los hechos y sus efectos legales