Auto Supremo AS/0420/2008
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0420/2008

Fecha: 11-Sep-2008

La afirmación de que en la última relación laboral se pagó materialmente un bono de


La afirmación de que en la última relación laboral se pagó materialmente un bono de antigüedad en vez del denominado "nivel de experiencia", se formula a partir de la constatación de que si bien en las papeletas de pago (enero 2001 a septiembre 2002) aparece el concepto bajo ese denominativo, en su esencia constituye el bono de antigüedad, habida cuenta que el monto (Bs. 408.-) traduce una suma equivalente al 34% de tres mínimos nacionales vigentes a esa fecha (Bs.400.-), conforme a la escala del art. 60 del DS. 21060 y la base de cálculo (tres mínimos nacionales) establecido en el DS. 23474, empero, calculados erróneamente sobre 17 años de servicios