Auto Supremo AS/0518/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2009

Fecha: 07-Oct-2009

CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal por su naturaleza jurídica constituye un incidente


CONSIDERANDO: Que, la extinción de la acción penal por su naturaleza jurídica constituye un incidente de previo y especial pronunciamiento, en mérito a ello, corresponde a éste Máximo Tribunal Supremo, resolver la solicitud de incidente planteada por el imputado Camilo Ernesto Guillén Vargas, en el marco establecido por el Código de Procedimiento Penal, la Sentencia Constitucional N° 0101/04 de 14 de septiembre de 2004 y el Auto Constitucional Complementario N° 0079/04 de 29 de septiembre de 2004, entre otros, que de manera general exigen la revisión en términos objetivos y verificables de los orígenes o motivos de la dilación del proceso, determinando si la no conclusión del proceso dentro el plazo máximo establecido por ley, es atribuible a omisiones o falta de diligencia debida de los órganos administrativos o jurisdiccionales del sistema penal o, por el contrario, a las acciones dilatorias del imputado o procesado; asimismo, se debe considerar la complejidad del juicio, a cuyo efecto se deberán tener en cuenta factores como la pluralidad de imputados, concurso y clases de delito, la existencia o no de declaratoria de rebeldía, suspensión de audiencias por inasistencia de los imputados o sus defensores, uso indiscriminado de recursos sin previsión- incidentes, excepciones con fines dilatorios, antecedentes delictivos, afectación del daño, imprescriptibilidad y si están considerados dentro de los delitos de lesa humanidad