Auto Supremo AS/0518/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0518/2009

Fecha: 07-Oct-2009

La tramitación del proceso dentro de un plazo razonable es una de las garantías internacionalmente


La tramitación del proceso dentro de un plazo razonable es una de las garantías internacionalmente reconocidas a las personas, en ese sentido, en armonía con el artículo 115 de la Nueva Constitución Política del Estado, que reconoce entre otras cosas, el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones; el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal, dispone que todo proceso tendrá una duración máxima de tres años, contados desde el primer acto del procedimiento, salvo el caso de rebeldía; disposiciones internas que positivizan la garantía de toda persona a ser juzgada dentro un plazo razonable, reconocida por el art. 8 numeral 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de San José de Costa Rica, aprobada y ratificada por nuestro Estado mediante Ley 1430, de 11 de febrero de 1993