Auto Supremo AS/0199/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2009

Fecha: 15-Sep-2009

Este fundamento, carece de toda lógica jurídica, pues la resolución de vista, se enmarca a


Este fundamento, carece de toda lógica jurídica, pues la resolución de vista, se enmarca a las previsiones contenidas en el art. 107 núm. 1º de la L.O.J., al haber resuelto en apelación el recurso interpuesto contra la sentencia de primer grado, por una parte, por otra, consta en la parte final del último considerando que los referidos finiquitos que alude ahora el recurrente, fueron considerados y desestimados por falta de forma en su presentación después de sentencia, que no fueron ratificados en apelación, que no fueron reconocidos en la respuesta a la alzada y especialmente porque incumplen las previsiones contenidas en los arts. 331, 147 y 339-II del Cód. Pdto. Civ., 151 y 152 del Cód. Proc. Trab., por lo que sobre este particular se concluye que no existe vulneración alguna