Auto Supremo AS/0199/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0199/2009

Fecha: 15-Sep-2009

La valoración de las pruebas, es facultad discrecional de los tribunales de instancia, porque deben


La valoración de las pruebas, es facultad discrecional de los tribunales de instancia, porque deben formar libremente su convencimiento en sujeción al art. 158 del Cód. Proc. Trab