Auto Supremo AS/0217/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2009

Fecha: 11-Sep-2009

CONSIDERANDO: Que así planteado el recurso, en relación con los antecedentes del proceso, se tiene


CONSIDERANDO: Que así planteado el recurso, en relación con los antecedentes del proceso, se tiene:

El Capítulo III, Sección VII, Subsección I, art. 55 del C.T.B., se constata que entre las "Formas de Extinción de la Obligación Tributaria y de la Obligación de Pago en Aduanas", se encuentra la de "Facilidades de Pago", cuya disposición determina que la administración tributaria podrá conceder por una sola vez, con carácter improrrogable, facilidades para el pago de la deuda tributaria a solicitud expresa del contribuyente, en cualquier momento, inclusive estando iniciada la ejecución tributaria, en los casos y en la forma que reglamentariamente se determinen. A ese fin, deberán exigirse las garantías que el sujeto activo establezca mediante norma reglamentaria de carácter general, hasta cubrir el monto del adeudo tributario