Auto Supremo AS/0217/2009
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0217/2009

Fecha: 11-Sep-2009

Que, contra este fallo de segunda instancia, la representante legal de la institución demandada interpone


Que, contra este fallo de segunda instancia, la representante legal de la institución demandada interpone el recurso de casación que denuncia una incorrecta interpretación en los fallos de instancia, de los arts. 55, 156 inc. 1) y 157 del Código Tributario Boliviano (C.T.B.), Ley Nº 2492 de 2 de agosto de 2003. Particularmente indica que "[...] la Sentencia de 1ª instancia omite analizar el alcance del término 'pago de la deuda tributaria' como condición indispensable para que proceda la reducción de sanción, y que la forma de extinción de la obligación tributaria prevista por el artículo 55 de la Ley 2492, se constituye en un medio de suspensión del procedimiento de ejecución tributaria cuando se encuentra en curso la ejecución tributaria.". Que por expresa determinación del art. 51 de dicha norma legal, "[...] la obligación tributaria y la obligación de pago en aduanas, se extinguen con el pago total de la deuda tributaria."