Auto Supremo AS/0185/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0185/2010

Fecha: 26-Abr-2010

Por lo expuesto, se concluye que el Auto recurrido, no lesionó en ningún momento los


Por lo expuesto, se concluye que el Auto recurrido, no lesionó en ningún momento los derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso de los recurrentes, ya que al emitirse el Auto Vista se hizo cumpliendo a cabalidad con la doctrina señalada por la Corte Suprema de Justicia y con la fundamentación necesaria, sin ser evidente que la misma sea idéntica al Auto de Vista Nº 94/2006 de 8 de diciembre anulado anteriormente, más al contrario la resolución impugnada se adecua a lo dispuesto por el artículo 420 del Código de Procedimiento Penal