Auto Supremo AS/0262/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2010

Fecha: 10-Ago-2010

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4.- En cuanto a la prescripción alegada y sustentada por ambas partes, es importante dejar claramente establecido que la ley aplicable al caso de autos, es la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992, por expresa remisión del párrafo final de la Disposición Transitoria Primera del D.S. Nº 27310 de 9 de enero de 2004, que dice: "Las obligaciones tributarias cuyos hechos generadores hubieran acaecido antes de la vigencia de la Ley Nº 2492 se sujetarán a las disposiciones sobre prescripción contempladas en la Ley Nº 1340 de 28 de mayo de 1992 y la Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999." (sic), de donde se infiere que el cómputo de la prescripción, aplicable al caso, se inició desde el 1º de enero de 2003, primer día del año calendario siguiente a aquel en que se produjo el hecho generador, conforme establece el art. 53 de la Ley Nº 1340 y al no haber transcurrido los 5 años determinados por esta disposición legal, porque la administración tributaria notificó al contribuyente con la Resolución Determinativa GGSC-DJCC Nº 433/2007 de 26 de diciembre de 2007 el 27 de diciembre de 2007, 5 días antes de que finalice el plazo de la prescripción, se concluye que no operó la prescripción