Auto Supremo AS/0262/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2010

Fecha: 10-Ago-2010

Indicaron que al señalarse en el Auto de Vista Nº 360 de 9 de septiembre


Indicaron que al señalarse en el Auto de Vista Nº 360 de 9 de septiembre de 2009" en fs. 1746 que la Ley Nº 2492 establece de la irretroactividad de la Ley, por lo que se encuentra prescrita la gestión 2002" ha interpretado erróneamente e indebidamente tanto el caso como a la ley, constituyéndose en ilegal, toda vez que como se ha explicado con fundamento en la norma expresa, la administración tributaria en ningún momento ha aplicado retroactivamente la Ley, más aún teniendo en cuenta, que siendo fiscalizada la gestión 2002, la misma es clara y pura aplicación de la Ley Nº 1340, por lo que el término de la prescripción es de 5 años y en el presente caso, correspondía la prescripción en el mes de enero de 2008, situación que fue interrumpida legalmente con la notificación de la Resolución Determinativa GGSC-DJCC Nº 433/2007, realizada en 27 de diciembre de 2007