Auto Supremo AS/0262/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0262/2010

Fecha: 10-Ago-2010

Fue disidente el Ministro de la Sala Social y Administrativa Segunda, Dr


Fue disidente el Ministro de la Sala Social y Administrativa Segunda, Dr. Esteban Miranda Terán, quien sugirió que el auto supremo debe dictarse por la nulidad de obrados hasta fs. 1758 inclusive, para que el tribunal de alzada se pronuncie por los agravios expresados en el recurso de apelación de fs. 1720 a 1722, formulada por GRACO y se pronuncie nuevo auto de vista