Auto Supremo AS/0282/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2010

Fecha: 24-Ago-2010

Ahora bien, la guarda y cuidado es una de las funciones esenciales de la patria


Ahora bien, la guarda y cuidado es una de las funciones esenciales de la patria potestad, comprende una doble consideración; de una parte es derecho y de otra deber de los progenitores a tener consigo a su hijo menor bajo el mismo techo (convivencia) para cuidarlo con debida diligencia (aseo, alimentos, salud, educación, seguridad personal, recreación), y controlar sus relaciones en el medio que le rodea, estos son derechos deberes paterno filiales que en principio deben ser compartidos por ambos progenitores, pero en ciertos casos, por falta de convivencia de los progenitores, o ausencia de uno de ellos, queda a cargo del otro, y en circunstancias excepcionales a favor de un terceras personas que no tienen la tuición legal sobre el menor, donde se incluyen a los parientes de cualquiera de los progenitores