Auto Supremo AS/0282/2010
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0282/2010

Fecha: 24-Ago-2010

Como sostiene el Dr


Como sostiene el Dr. Julio Ortiz Linares, en su obra "El Proceso Civil": "en el Código de la Niñez y Adolescencia, no hay una disposición que establezca el trámite de la guarda legal. No teniendo definido un trámite y no encaja ni en el Procedimiento Común, ni en el Procedimiento Especial. Carece de postulación pasiva porque no es una demanda contenciosa, pero tampoco es un trámite voluntario. Se resume a una breve intervención del Juez a solicitud del fiscal o a denuncia de cualquier persona, que tenga conocimiento de la existencia de un menor en situación de desamparo, o que carezca de padres o parientes, intervención que sirve para legalizar el acto"