Con tales argumentos pide se case el Auto de Vista
Con tales argumentos pide se case el Auto de Vista
- CONSIDERANDO: Que, el Juzgado de Partido en lo Penal Liquidador de Quillacollo del Distrito Judicial
- Apelada la Sentencia tanto por la parte querellante Agustina Vera Vda
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- Que en calidad de Presidente de la Asociación de los regantes se hizo presente en
- Que el Tribunal Ad-quem, al dictar el Auto de Vista recurrido y aplicar el art
- Alega que el Auto de Vista, resulta incongruente debido a que no coincide la parte
- Que respecto de la incongruencia, el Auto Supremo No
- En cuanto a los argumentos de Casación refiere: que de acuerdo al art
- Con esos argumentos pide se case el Auto de Vista, por infracción de las normas
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- Que fue procesado en calidad de Vicepresidente del Comité Cívico, del Cantón el Paso, sin
- En cuanto al Recurso de Casación en el fondo señala que, el Auto de Vista
- Alega que el Auto de Vista no diferenció entre la sospecha o creencia razonable, el
- Con tales argumentos pide se case el Auto de Vista
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- Que el Auto de Vista incurrió en inobservancia de la norma procesal y errónea aplicación
- Que el Tribunal Ad-quem, agravó su situación debido a que le incrementó la pena de
- Alega que se incurrió en la causal de Casación prevista en el art
- Señala que de esas puntualizaciones se puede evidenciar que los hechos no se subsumen en
- Arguye que las pruebas cursantes a fs
- Que fue condenado tomando en cuenta dos reuniones en las que participó para hacer conocer
- En cuanto a las causales de nulidad, señala que se incurrió en las nulidades previstas
- Con tales argumentos pide se case el Auto de Vista impugnado y pronuncie el correspondiente
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- Que el art
- Que por otra parte el art
- Que se tiene demostrado que se cerró las puertas para evitar destrozos, en la Agencia
- Arguye que las causales de nulidad, constan en varias actas del debate que no cursa
- Que asimismo el art
- Que tanto la Sentencia, como el Auto de Vista, se limitaron a realizar una relación
- Con tales argumentaciones pide se consideren las causales de nulidad previstas en el art
- Corrido en Traslado al Ministerio Público, requirió por que se declare infundado el Recurso, entre
- 1.-Respecto al Recurso de Nulidad y Casación alegados, por Celso Carrillo Almanza, se tiene
- b) Del Recurso de Casación, del referido imputado Celso Carrillo Almanza, se tiene de fs
- b)
- Asimismo se evidencia que no se demostró fehacientemente que la actuación del recurrente hubiera estado
- En lo que concierne a los supuestos defectos absolutos y relativos previstos en los arts
- Finalmente en lo referido a la nulidad por falta de motivación alegada invocando el art
- b) Por otra parte el recurrente en su Recurso de Casación alega, que su Recurso
- En cuanto al argumento que el Auto de Vista, incurrió en inobservancia de la norma
- Consiguientemente el recurrente no ha demostrado la vulneración de norma sustantiva alguna, por lo que
- Por el contrario el Tribunal Ad-quem valoró con prudente criterio y sana critica, las pruebas
- Consiguientemente no se ha demostrado la inexistencia del delito ni una calificación errónea de los
- CONSIDERANDO: Que del análisis de los hechos señalados precedentemente se tiene las siguientes consideraciones de
- En cuanto a los argumentos de los Recursos de Casación, analizados precedentemente, resultan infundados, conforme
- En consecuencia el Auto de Vista recurrido, que confirmó con modificaciones la Sentencia de primera
- Consecuentemente no se han demostrado las nulidades invocadas por los recurrentes
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la
- Relator: Ministro Dr. Jorge Monasterio Franco
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
