Auto Supremo AS/0355/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2011

Fecha: 24-Jun-2011

En cuanto al argumento que el Auto de Vista, incurrió en inobservancia de la norma


En cuanto al argumento que el Auto de Vista, incurrió en inobservancia de la norma procesal y errónea aplicación de la norma sustantiva penal y errónea calificación de los hechos, debido a que le incrementó la pena de 1 año y seis meses de privación de libertad a 3 años, ocasionándole un grave agravio. No es evidente que el Tribunal de Alzada se hubiera basado en una errónea calificación e interpretación de los hechos y de la norma sustantiva, menos inobservado las formas procesales a tiempo de emitir el fallo. Por cuanto de las pruebas cursantes a fs. 74, 79, 81, 82, 83, 88 se evidencia claramente la participación del recurrente, en los hechos ilícitos atribuidos, por lo que fue declarado culpable del delito de Impedir, Estorbar el Ejercicio de Funciones y no existe inadecuada valoración de la prueba