Auto Supremo AS/0221/2011
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0221/2011

Fecha: 06-Jul-2011

Considerando todos esos antecedentes, en primer lugar se debe dejar establecido que respecto del primer


Considerando todos esos antecedentes, en primer lugar se debe dejar establecido que respecto del primer recurrente, es verdad que presentó documentos por los que se habría representado los desembolsos realizados a la Cooperativa "El Rancho", sin embargo, conforme refiere el tribunal de alzada, pese a esas representaciones el recurrente Sergio Alves Soria, suscribió la Resolución del Crédito, ordenando el indicado desembolso