Que tramitado el proceso por pago de beneficios y derechos laborales, la Juez Séptimo del
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 491
Sucre, 28/11/2012
Expediente: 293/2012-S
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 99-101, interpuesto por María Antonia Flores Ibarra, así como el recurso de casación en el fondo de fs. 104-105, interpuesto por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) representado legalmente por Nativo Reyes Dorado, ambos contra el Auto de Vista Nº 020/2012 SSA.II de 7 de marzo de 2012 de fs. 95-96, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social que sigue María Antonia Flores Ibarra contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, las respuestas de fs. 104-105 y 108-110, el Auto de concesión del recurso de fs. 112, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
Antecedentes:
Que tramitado el proceso por pago de beneficios y derechos laborales, la Juez Séptimo del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia Nº 053/2010 de 25 de agosto de 2010 (fs. 58-63), declarando probada la demanda de fs. 7-8 de obrados, disponiendo que la parte demandada pague los beneficios y derechos sociales a favor de la actora, conforme al detalle en ella expuestos, cuyo monto total ascendía a la suma de Bs.46.384, 00
Auto Supremo Nº 491
Sucre, 28/11/2012
Expediente: 293/2012-S
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 99-101, interpuesto por María Antonia Flores Ibarra, así como el recurso de casación en el fondo de fs. 104-105, interpuesto por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) representado legalmente por Nativo Reyes Dorado, ambos contra el Auto de Vista Nº 020/2012 SSA.II de 7 de marzo de 2012 de fs. 95-96, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social que sigue María Antonia Flores Ibarra contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, las respuestas de fs. 104-105 y 108-110, el Auto de concesión del recurso de fs. 112, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I:
Antecedentes:
Que tramitado el proceso por pago de beneficios y derechos laborales, la Juez Séptimo del Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de La Paz, emitió la Sentencia Nº 053/2010 de 25 de agosto de 2010 (fs. 58-63), declarando probada la demanda de fs. 7-8 de obrados, disponiendo que la parte demandada pague los beneficios y derechos sociales a favor de la actora, conforme al detalle en ella expuestos, cuyo monto total ascendía a la suma de Bs.46.384, 00
- Que tramitado el proceso por pago de beneficios y derechos laborales, la Juez Séptimo del
- En grado de apelación deducida por Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (fs
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- Así también, señala violación del artículo 158 del Código Procesal del Trabajo, al no haberse
- Finalmente denuncia violación del artículo 46 de la Constitución Política del Estado, puesto que al
- 1.2.2 El segundo recurso de casación de fs. 104-105 correspondiente a YPFB: Denuncia
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- De otra parte, si bien señaló también por la recurrente que se trató de una
- En ese sentido, al no ser cierta la vulneración de la normativa laboral antes señalada,
- Finalmente, en cuanto a la consideración de la prueba se concluye que el ad quem,
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
- 2.1.2 En cuanto al segundo recurso de casación de fs. 104-105 correspondiente a YPFB
- Sin embargo de lo señalado, para el caso concreto, corresponde remitirnos a lo dispuesto por
- Por lo relacionado, corresponde resolver este segundo recurso en la forma prevista en los artículos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
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