Auto Supremo AS/0326/2012
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0326/2012

Fecha: 12-Dic-2012

En cuanto al precedente invocado por el recurrente, cuya doctrina legal ha sido consignada líneas

En cuanto al precedente invocado por el recurrente, cuya doctrina legal ha sido consignada líneas arriba, se establece que contiene una situación de hecho similar al caso que nos ocupa, en el que se estableció doctrina legal que nos recuerda la obligación del Tribunal de apelación, de consignar todos los puntos apelados, mismos que deben ser resueltos con la debida fundamentación; consecuentemente, se establece que el precedente invocado, está relacionado directamente con los agravios y fundamentos expuestos en el presente recurso, razón por la que corresponde que este Tribunal verifique y determine si efectivamente existe la contradicción alegada entre el precedente invocado y el Auto de Vista impugnado