VI
VI.- Ante la Sentencia Nº 23/2004 de 4 de octubre de 2004 (fs. 433 a 435), emitida por el Juez Tercero de Partido en lo Penal de la ciudad de El Alto del Departamento de La Paz, Benito Quispe Flores (querellante) el 27 de octubre de 2004 (fs. 442 y 443) plantea solicitud de explicación, complementación y enmienda, misma que fue considerada por el Juez de la causa, mediante Auto de 28 de octubre de 2004 (fs. 444), estas Resoluciones fueron objeto del Recurso de Apelación por parte del Ministerio Público, el 28 de octubre de 2004 (fs. 445 y 446); Máximo Poma Salinas (procesado), el 29 de octubre de 2004 (fs. 447); y Benito Quispe Flores (querellante), el 27 de noviembre de 2004 (fs. 452 a 454) y su fundamentación de 17 de octubre de 2006 (fs. 572 y vta.), previo sorteo y trámites establecidos por Ley, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (Tribunal de Alzada), mediante Auto de Vista Nº 106/2007 de 30 de noviembre de 2007 (fs. 577 a 579), CONFIRMA la Sentencia Nº 23/2004 de 4 de octubre de 2004 (fs. 433 a 435) y Auto Complementario de 28 de octubre de 2004 (fs. 444), sin costas, notificados con el referido Auto de Vista, Benito Quispe Flores en fecha 21 de febrero de 2008 formula Recurso de Casación y Nulidad (fs. 600 y 601)
- Poma Salinas Justo Zenon Bilbao Alba
- Que, a los fines de resolver el Recurso de Casación que fue presentado en Autos,
- II
- III
- IV- Que, el Juez Primero de Instrucción en lo Penal de la ciudad de El
- V
- VI
- Que, Benito Quispe Flores el 21 de febrero de 2008 (fs
- Carnet de Propiedad, a nombre del procesado Justo Zenón Bilbao Alba
- Memorial de 26 de abril de 2000, el acusado Justo Zenón Bilbao Alba, reitera la
- IV
- Que, sobre la Casación, Roxin emite un criterio conceptual afirmando que: "La Casación es un
- Según lo establecido por el Código de Procedimiento Penal de 1972, en el Título Segundo,
- Que, en cumplimiento al art
- Con relación a Zenón Bilbao Alba, refiere, que no se puede adecuar la conducta de
- Por último, solicita se declare Infundado el Recurso de Nulidad y Casación interpuesto por el
- Que, así expuestos los argumentos de los Recursos de Casación, analizados y contrastados con los
- Respecto a este punto es importante destacar lo señalado por Cafferata Nores y Otros, en
- Que, con relación a este último aspecto, corresponde poner en relieve que el Tribunal de
- Por lo relacionado precedentemente, los motivos del Recurso de Casación y Nulidad del querellante resulta
- POR TANTO
- Fdo. MAGISTRADA DE LA SALA PENAL LIQUIDADORA
