Auto Supremo AS/0633/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0633/2013

Fecha: 08-Oct-2013

CONSIDERANDO II: Que en mérito a los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en

CONSIDERANDO II: Que en mérito a los antecedentes, revisado minuciosamente el recurso de casación en el fondo y en la forma, corresponde resolver el mismo de acuerdo a las siguientes consideraciones:
En el fondo, el fundamento principal objeto de la presente litis, radica en determinar si el despido de la actora de su fuente laboral fue de manera justificada o injustificada, ya que según afirma la parte demandante, este habría sido de manera intempestiva, aspecto que la motivó a iniciar la presenta acción, reclamando en el recurso que se analiza, el pago de desahucio e indemnización, conceptos que fueron excluidos en el Auto de Vista, al haber llegado a la conclusión de que es pasible la aplicación del artículo 16. e) de la Ley General del Trabajo, toda vez que el retiro de la actora obedece a un proceso administrativo interno seguido en su contra por AEROSUR; extremo que es negado por la parte recurrente quien manifestó que el despido de la actora fue de manera intempestiva; motivo por el cual denunció la violación de lo previsto en los artículos 176 del Código Procesal del Trabajo, violación y aplicación indebida del artículo 16. e) de la Ley General del Trabajo, la inobservancia de los artículos 447 del Código de Procedimiento Civil y 169 del Código Procesal del Trabajo; en tanto, que en el recurso en la forma el recurrente reclama que el Auto de Vista no se habría pronunciado sobre los puntos expuestos en el memorial de respuesta al recurso de apelación planteado por la parte demandante, solicitando como consecuencia de aquello la nulidad del Auto de Vista recurrido