Auto Supremo AS/0321/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0321/2013-RRC

Fecha: 06-Dic-2013

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 321/2013-RRC
Sucre, 06 de diciembre de 2013

Expediente : La Paz 37/2013
Parte Acusadora : Grimaldo Gonzáles Quenta
Parte Imputada : Néstor Villegas Rocha
Delito : Daño Simple
Magistrada Relatora : Dra. Maritza Suntura Juaniquina

RESULTANDO

El memorial cursante de fs. 269 a 273 vta., mediante el cual, Néstor Villegas Rocha, interpuso recurso de casación impugnando el Auto de Vista 21/2013 de 15 de febrero de fs. 262 a 264 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por Grimaldo Gonzáles Quenta en su contra, por el delito de Daño Simple, previsto y sancionado en el art. 357 del Código Penal (CP).

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a)Conforme a la enunciación de hechos contenida en la Sentencia, se tiene que el 21 de abril de 2010, en circunstancias en que el minibús marca Daihatsu de propiedad del querellante se encontraba estacionado en la puerta de su inmueble, observó que una volqueta de propiedad del imputado, quien conducía en estado de ebriedad, impactó el minibús y que luego de desenganchar ambos vehículos, el imputado se dio a la fuga abandonando la volqueta unos metros arriba, desapareciendo por dos días. Sobre la base fáctica descrita y luego de la audiencia de juicio oral, el Juzgado Cuarto de Sentencia en lo Penal, emitió la Sentencia 002/2012 de 16 de marzo (fs. 210 a 213), que declaró al imputado Néstor Villegas Rocha, autor de la comisión del delito de Daño Simple, previsto y sancionado en el art. 357 del CP, condenándole a cumplir la pena de un año de reclusión, más el pago de sesenta días multa a razón de Bs. 5.- (cinco bolivianos) por día, así como la reparación de daños y perjuicios