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    Auto Supremo AS/0325/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0325/2013-RRC

    Fecha: 06-Dic-2013

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    • Por memorial cursante de fs
    • De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
    • Del memorial que cursa de fs
    • Continúa su exposición, señalando que su afirmación es lógica, pues si la primera etapa investigativa
    • La recurrente impetró se case la Resolución impugnada y se le permita defenderse en nuevo
    • La audiencia de juicio fue reinstalada el 14 de diciembre de 2009, en virtud a
    • II
    • En el caso, según el Auto 249/2013-RA, se admitió el recurso de Ángela Espinoza Quenta
    • III.1.Doctrina legal aplicable asumida en el precedente
    • Habiéndose invocado como precedente contradictorio el Auto Supremo 451 de 15 de octubre de 2005,
    • El Auto Supremo 431 de 15 de octubre de 2005, fue pronunciado dentro del recurso
    • La Sala Penal Primera de la Corte Suprema, estableció las siguientes conclusiones y doctrina legal
    • “DOCTRINA LEGAL APLICABLE: que el Tribunal de Apelación se encuentra constreñido a circunscribir sus actos
    • El Tribunal de Apelación al ejercer el control jurisdiccional, está ejercitando también el control constitucional
    • La competencia del Tribunal de Apelación se encuentra delimitada por los puntos cuestionados en la
    • Por tal motivo, la exigencia de la mencionada congruencia es de orden fáctico, lo cual
    • III.3. Resolución del caso concreto
    • La recurrente Ángela Espinoza Quenta, formuló recurso de apelación restringida, reclamando entre otros motivos, la
    • En cuanto a este motivo, el Auto de Vista 32 de 13 de noviembre de
    • El referido Auto de Vista, fue impugnado de casación indicando sobre el único agravio admitido,
    • Ahora bien, teniendo en cuenta la connotación especial del principio de congruencia y que su
    • En tal virtud, esta Sala no encuentra que lo resuelto por el Tribunal de apelación
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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