Auto Supremo AS/0341/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2013-RA

Fecha: 20-Dic-2013

a)Como primer motivo, señala como antecedente fáctico que el Tribunal de sentencia tramitó paralelamente otro


II.2Recurso de casación de Hugo Zeballos Ramos.

a)Como primer motivo, señala como antecedente fáctico que el Tribunal de sentencia tramitó paralelamente otro juicio oral, siendo el resultado la suspensión injustificada de las audiencias dentro de su proceso, lesionando los principios de celeridad, continuidad y probidad, inmersos en los arts. 180.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 30 incs. 3), 6) y 12) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ). Este hecho según el recurrente, debió ser corregido por el Tribunal de alzada disponiendo la anulación de la Sentencia y el reenvío del juicio, en vistas a la doctrina legal establecida en el Auto Supremo 153 de 2 de febrero de 2007; sin embargo, ello no sucedió pues el tribunal de alzada pasó por alto este reclamo