Auto Supremo AS/0341/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0341/2013-RA

Fecha: 20-Dic-2013

b)Como segundo motivo se extracta que, durante la etapa preparatoria del proceso, en un primer


Finaliza, en el señalamiento de los Autos Supremos “133 de marzo de 2004” (sic) 373 de 22 de junio de 2004 y la Resolución identificada como “0805/2007-R de 4 de diciembre” (sic), que en posición del recurrente contienen jurisprudencia sobre nulidades y celeridad procesal.

b)Como segundo motivo se extracta que, durante la etapa preparatoria del proceso, en un primer momento el Ministerio Público convocó al recurrente por el delito de encubrimiento (art. 171 del CP), luego asumió defensa por el delito de Incumplimiento de Deberes (art. 154 del CP); empero, se lo acusó también por el delito de peculado (art. 142 del CP), sin antes habérsele convocado a prestar declaración informativa y mucho menos comunicársele la ampliación de la investigación por ese delito; tal hecho fue reclamado argumentando violación a derechos y garantías constitucionales, determinando el Tribunal de alzada que al haber presentado un memorial de prueba de descargo, consintió el procesamiento por aquel delito y que en el procesamiento penal se juzgan hechos más no tipos penales. Señala que este hecho, vulneró su derecho a la defensa, previsto en el art. 119.II de la CPE