Auto Supremo AS/0345/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2013-RRC

Fecha: 24-Dic-2013

Con relación a Ritter Ramírez, no existe suficiente fundamentación del por qué consideran que el


Con relación a Ritter Ramírez, no existe suficiente fundamentación del por qué consideran que el hecho de no dar aviso al contratista fue determinante y relevante para que no se haya ejecutado las boletas de garantía; toda vez que de la Sentencia y de antecedentes se tiene que: “…el Ing. Ritter Ramírez era fiscal de obra dependiente de la Oficialía Mayor Técnica y no del área Administrativa; el hecho de no dar aviso a la contratista para renovar las garantías no es determinante para su ejecución; porque la funcionaría del área administrativa –conforme se ha dejado establecido precedentemente en mérito al reglamento del DS 27328- que estaba encargada de la custodia y ejecución de las boletas de garantía tenía la obligación de solicitar su ejecución…” (sic), ante la proximidad de fecha de vigencia de las garantías, con o sin informe del fiscal de obra o del Supervisor; por lo cual declaró a lugar el agravio