Auto Supremo AS/0345/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0345/2013-RRC

Fecha: 24-Dic-2013

En relación al segundo motivo del recurso planteado por el Fondo Nacional de Inversión Productiva


En relación al segundo motivo del recurso planteado por el Fondo Nacional de Inversión Productiva y Social, en sentido de que el Auto de Vista impugnado no contiene las razones de hecho y derecho que justifiquen la imposibilidad de reparar directamente la sentencia por la inobservancia o errónea aplicación de la ley; se evidencia de la revisión de la Resolución impugnada, que el Tribunal de alzada, expuso en los puntos III.4, III.5, III.7, III.8 y III.9, las razones o motivos de hecho y derecho en que se basó para determinar el juicio de reenvío, concluyendo que estableció defectos insubsanables e inconvalidables prescritos por los arts. 169 inc. 3) y 370 del CPP, con relación a los imputados Wilfredo Vilca Bejarano y Ritter Orlando Ramírez Llanque y que para corregir dicho error, se vería ineludiblemente obligado a descender al examen de los hechos y a revalorizar la prueba, lo que, le está prohibido; y con relación al acusado Gualberto Cardozo estableció defectos subsanables en el acápite III.2 de la Resolución impugnada sobre la indebida negación de la Suspensión Condicional de la Pena, siendo atendible la misma