Auto Supremo AS/0362/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0362/2013

Fecha: 19-Dic-2013

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2. Defecto relativo por falta de fundamentación de la pena que no conlleva la nulidad del juicio pudiendo ser subsanado por el Tribunal de Alzada. Si bien resulta evidente el reclamo de la falta de fundamentación de la pena, expuesta en el recurso de apelación restringida interpuesto por el imputado, también existe la posibilidad de que el Tribunal de Alzada subsane directamente dicha omisión de la Sentencia, conforme a los artículos 413 parte in-fine y 414 del Código de Procedimiento Penal, aspecto que no fue cumplido por el Tribunal de Apelación y de acuerdo a la decisión asumida en el Auto Supremo Nro. 107/2013-RRC se abre nuevamente dicha posibilidad, máxime si el Tribunal de Alzada debió aplicar y cumplir la doctrina legal aplicable de los Autos Supremos Nros. 64/2012 de 19 de abril (SP-II) y 333 de 9 de junio de 2011 (SP-I), por lo que no se debió disponer la nulidad de la Sentencia y por ende la reposición del juicio