Juristeca
Juristeca País
    Auto Supremo AS/0362/2013
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0362/2013

    Fecha: 19-Dic-2013

    Regístrese, notifíquese y devuélvase

    Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por el Banco Unión S
    • 1
    • 4
    • Que analizado el referido recurso de casación, fue admitido conforme a los argumentos descritos en
    • 2
    • Primero: Con respecto a la denuncia referida a la contradicción con precedentes contradictorios, tales como
    • En lo que respecta al Auto de Vista Nro
    • En ese sentido, cabe anotar que el razonamiento establecido en la referida resolución de vista
    • Por el contrario, en autos, la entidad recurrente en el recurso de casación de autos
    • Segundo: Con relación a la denuncia referida al defecto relativo por falta de fundamentación de
    • Ese razonamiento está expresado en los fundamentos del Auto Supremo Nro
    • Contrastado el precedente con los razonamientos insertos en el Auto de Vista impugnado, en relación
    • De lo expuesto, corresponde deferir favorablemente al recurso de casación planteado y establecer
    • POR TANTO: La Sala Penal Primera del Tribunal Supremo de Justicia de Estado Plurinacional de
    • Asimismo, ante la reiterada nulidad del Auto de Vista, en observancia del artículo 17 parágrafo
    • En aplicación del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, remítase copias legalizadas del presente
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • ANTE MÍ. Abog. Sandra Magaly Mendivil Bejarano.

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca