Auto Supremo AS/0696/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0696/2013

Fecha: 02-Dic-2013

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo

CONSIDERANDO II: Que, del examen del recurso, corresponde verificar si es o no evidente lo denunciado, de cuyo análisis se tiene:
En el caso objeto de análisis, la parte recurrente cuestiona el fallo del Tribunal de Segunda Instancia por haber confirmado la Sentencia apelada, en la cual se reconoce a favor del trabajador el pago de los derechos y beneficios sociales consignados en el fallo de primera instancia, entre ellos la indemnización y el desahucio, conceptos que según la parte recurrente no corresponde su pago, motivo por el cual recurre de casación en la forma y en el fondo, denunciando en la forma la violación de los artículos 190 y 254. 4) ambos del Código de Procedimiento Civil, por haberse reconocido a favor del demandante por concepto de indemnización, más de los años de servicios efectivamente prestados en la institución que ahora demanda; en tanto que en el fondo, denunció la violación de los artículos 306, 308. I y II y 311.II. 5) de la Constitución Política del Estado, con el argumento que el principio de proteccionismo no sólo debe aplicarse a favor del trabajador, sino también de la empresa privada, hecho que no sucedió en el caso presente, denunciando también la violación de los artículos 13 de la Ley General del Trabajo y 8 de su Decreto Reglamentario, por haber reconocido el pago del desahucio, el cual según afirma no le correspondería y por ultimo invocó la violación del artículo 9 del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, señalando que no corresponde el pago de la multa prevista en la citada norma