Auto Supremo AS/0696/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0696/2013

Fecha: 02-Dic-2013

Por otra parte, manifestó que en cuanto a la calificación de los años de servicio,

Por otra parte, manifestó que en cuanto a la calificación de los años de servicio, el pago del desahucio entre otros, los de instancia no cumplieron con una evaluación imparcial de la demanda, por cuanto la certificación de fs. 41, ofrecida como prueba y la que no fue desvirtuada por la parte actora, demostró que el demandante, sólo trabajó un periodo de 5 años y 25 días y no obstante, de manera ultra petita se califico sus años de servicios en 6 años, 4 meses y 15 días, ordenando el pago por indemnización más allá de lo demandado, contrariando lo previsto en los artículos 13 de la Ley General del Trabajo y 8 de su Decreto Reglamentario